
Hecho perpetrado en noviembre de 2016. El fallo se dictó en un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 2 Departamental, manteniéndose la excarcelación otorgada con anterioridad al imputado, beneficio que goza en un domicilio de esta ciudad de Dolores.
En un reciente fallo dictado en un juicio oral realizado en el Tribunal en lo Criminal n° 2 Departamental, fue condenada una persona juzgada por un homicidio perpetrado en Castelli.
El Tribunal estuvo integrado por los Jueces Dres. Antonio Severino, Analía Avalos y Eduardo Campos Campos, estando a cargo de éste último el primer voto.
El Dr. Campos Campos preciso sobre el hecho, que aproximadamente a las 15 horas del 8 de noviembre de 2016, Federico Martínez se acercó hasta una vivienda ubicada en la intersección de Dorrego e Ituzaingó de Castelli, lugar donde estaba Hugo Gabriel Díaz sentado en la vereda de la casa de sus padres, y a quién aquél con intención de darle muerte le asestó un puntazo en la región torácica, que atravesó la pared ventricular del corazón y le causó la muerte por un shock hipovolémico.
El padre de la víctima relató que su hijo había entrado a la casa diciendo “me pegó una puñalada el “Napo” Martínez, razón por la cual lo había trasladado al Hospital en su camioneta, de donde fue derivado al Hospital San Roque de Dolores, lugar donde había fallecido a minutos de haber ingresado. Agregó, que con posterioridad al hecho se había enterado de amenazas por parte de Martínez a través de Facebook, donde le decía a su hijo “…te voy a limpiar, te voy a hacer boleta…”.
Testimonios varios dijeron de la existencia de conflictos previos entre víctima y victimario, dijeron que ambos trabajaban en el Frigorífico local, que el problema había comenzado porque Martínez decía que Díaz le había robado un teléfono celular, razón por la cual habían discutido en el trabajo y la víctima había sido despedida. Además hablaron de un incidente que ambos habían protagonizado en la plaza, donde Martínez había arrojado unas baldosas y provocado una herida en la cabeza por la cual le habían tenido que dar dos puntos.
El hecho ocurrió en Noviembre de 2016, en Dorrego e Ituzaingó. El autor del hecho goza de prisión domiciliaria
Por otra parte, en la ochava de la vivienda donde ocurrió el crimen se había encontrado un llavero tenía enganchada una llave paleta y una tarjeta de un supermercado, advirtiendo en esas circunstancias la policía que en una moto andaba una persona en actitud sospechosa, quien les señaló que andaba buscando un llavero de Día %, que lo había perdido yendo al trabajo.
Al concretarse un allanamiento en la vivienda del imputado se determinó que la llave no permitía abrir la cerradura que tenía la puerta, sin embargo, una persona que estaba junto a la pareja del imputado indicó que la cerradura había sido cambiada la tarde anterior porque estaba rota, la que al serle alcanzada a la policía se comprobó que abría con la llave incautada en la calle.
El médico legista señaló durante el juicio sobre la herida fatal, que la misma no era producto de un forcejeo o de un accionar accidental con otra persona
El procesado declaró y dio su versión de los hechos, indicando que cuando pasaba por el lugar había salido Hugo Díaz cortándole el camino con un cuchillo en la mano, razón por la cual había salido corriendo procurando llegar a la casa cercana de un policía, siendo en esas circunstancias tomado por aquél de la capucha de la campera, por lo cual se había bajado de la bicicleta mientras procuraba sacar el cuchillo que utilizaba en el Matadero, momento en que se le había caído el llavero. Precisó de una serie de puñaladas que Díaz le había tirado sin lograr herirlo, y que en momento que éste lo había tomado del brazo él le había tirado una puñalada, no dándose cuenta que lo había lesionado, precisando que lo que había hecho era defenderse. Narró también sobre el hecho ocurrido en la plaza, diciendo que Díaz lo había lesionado en la espalda con un cuchillo, como también de un incidente ocurrido en la laguna,
Para el Juez Campos Campos, Martínez con su declaración de haber actuado en defensa propia ante el ataque de la víctima buscaba justificación. Que si el imputado como decía tenía tanto temor a la víctima, a punto de creer que lo podía matar con un arma de fuego, no se encontraba una explicación lógica y valedera de por qué no lo había denunciado ante las autoridades competentes.
Finalmente los miembros del Tribunal por unanimidad resolvieron, condenar a Federico Napoleón Martínez, de 23 años de edad, nacido en Castelli y con actual domicilio en calle Juncal de Dolores, como autor del delito de “Homicidio simple”, imponiéndole una de pena de “Once años de prisión”.
Por su parte y ante el pedido del Fiscal que se revocara la prisión domiciliaria otorgada por el Juzgado de Garantías oportunamente, los Jueces no hicieron lugar, considerando que no se habían verificado hasta el presente situaciones de gravedad que pusieron de manifiesto la voluntad del imputado de sustraerse a la acción de la justicia, o que implicaran el no acatamiento de las condiciones del encierro domiciliarlo dispuestas.