Así lo dispuso el titular de la Fiscalía 10 de Chascomús, el Dr. Jonatan Robert
Según se supo el conductor del rodado realizaba maniobras que ponían en riesgo la vida propia y de terceros, hechos comprobados a través del centro de monitoreo de la Municipalidad de Lezama
Para la justicia el conductor incumplió con el Art. 193 bis del Código Penal por realizar pruebas ilegales de velocidad poniendo en peligro la vida de terceros.
La Fiscalía actuante en el día de ayer y por intermedio de personal Policial, llevó a cabo allanamiento logrando el secuestro de prendas de vestir y del rodado involucrado.
En el domicilio allanado, se notificó del contenido del Art. 1 y 60 y de la formación de la causa al sindicado como responsable de las maniobras.
Se recuerda que poner en riesgo la vida de terceros mediante maniobras imprudentes no es una destreza sino un delito previsto penado por el art. 193 bis del Código Penal que prevé orden de allanamiento y formación de una causa penal.

