
La Cámara Penal de Dolores así lo resolvió al desestimar la apelación de la defensa. Los hechos ocurrieron entre el año 2016 y parte del 2017.
El Juez de Cámara Dr. Fernando Sotelo (de 1er. voto) dijo al resolver, que la Juez de Garantías Dra. Laura Elías, había denegado el sobreseimiento del procesado pedido por su Defensor Particular elevando las actuaciones a la etapa de juicio oral.
Sobre los ilícitos indicó:
Hecho II: durante el año 2016 y parte del 2017, un sujeto y la madre de una menor de 14 años, promovieron y facilitaron su prostitución contactándola telefónicamente con hombres adultos, a los que les era entregada para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero. Que los encuentros sexuales se concretaban principalmente los días sábados y domingos, en ocasiones en que la menor era llevada en vehículos particulares de los supuestos clientes para mantener relaciones sexuales a bordo de los mismos, al domicilio de éstos o a un hotel alojamiento.
Hecho III: que en ese mismo período el mismo sujeto, en el domicilio de la menor había abusado sexualmente de ella mediante tocamientos inverecundos en sus partes íntimas.
El Dr. Sotelo precisó que las pruebas invocadas por el Juez de Garantías daban sustento a la materialidad ilícita, que ello habilitaba el pedido del Fiscal en su requisitoria para elevar a juicio la causa, donde precisamente se dilucidarán las cuestiones planteadas por las partes técnicas.
Valoró para ello el testimonio de la víctima, que dijo que su mamá le decía que saliera con hombres mayores así traía plata para que comieran. Que su progenitora los contactaba por teléfono, se encontraba con ellos en una esquina e iban a un hotel o a la casa, que le pagaban entre 500 y 1000 pesos, dependía, señalando con nombre y apellido a algunos de “esos clientes”.
Un joven que inició una relación sentimental con la menor, dijo haber escuchado cuando la madre le decía a la hija que fuera a “changar”, que tenía que tener encuentros sexuales a cambio de dinero. También señaló la conducta del imputado, los manoseos que le realizaba, como pasaba por la casa y la subía en la camioneta para llevarla a mantener relaciones sexuales a cambio de plata.
Otro testigo puntualizó saber que la menor mantenía relaciones sexuales a cambio de dinero y en contra de su voluntad, que era obligada por la madre, quien si no lo hacía la golpeaba y no le daba de comer.
Por ello el Dr. Sotelo y el Dr. Felipe Defelitto (que votó en igual sentido), por unanimidad resolvieron rechazar el recurso de apelación interpuesto, confirmar la resolución del Juzgado de Garantías y elevar a juicio oral las actuaciones que se le siguen a C.M. por “Promoción y Facilitación de la Prostitución Agravado por la minoría de edad de la víctima (Hecho II)”, y “Abuso sexual simple (Hecho III).
Sobre la madre de la menor, nada dice el fallo sobre su situación procesal, aunque es de pensar que probablemente no apeló la resolución del Juzgado y por separado haya sido enviada a juicio (la imputación puede haber sido descripta en el Hecho I).
Fuente Compromiso